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lunes, 13 de febrero de 2012

Una nueva sentencia confirma que enlazar a descargas no es delito

La justicia sigue aportando nuevas sentencias que confirman que enlazar a contenidos sujetos a derechos de autor no es un delito en España, pese a que la 'ley Sinde', que se pondrá en funcionamiento en menos de un mes, describa lo contrario.

Cinetube es un sitio web español que lleva varios años envuelto en un litigio que busca la condena de sus propietarios por violar los derechos de autor. Su página web ofrece enlaces a películas que se pueden ver mediante 'streaming', y ahora la Audiencia Provincial de Álava ha estimado que su actividad es perfectamente legal.

En el auto de sentencia del pasado 3 de febrero el tribunal declara el sobreseimiento del caso contra Cinetube, al no probarse indicios de delito, por lo que se cierra el caso que no admite recurso. Además señala que en la sentencia del juzgado instructor no hay un fundamento jurídico que pruebe que la conducta de los denunciados es un delito.

Cinetube no aloja en sus servidores contenidos sujetos a derechos de autor, como sí hacía Megaupload, por ejemplo. El sitio no ofrece descargas y se limita a enlazar, una actividad que está regulada en España en la LSSI.

Este tribunal, además, se hace eco de casos judiciales anteriores en los que los tribunales han determinado que el enlace no es un delito en España. Este es el caso de Sharemula o Ajoderse.com, e incluso otro caso que exime de responsabilidad a los gestores web de un sitio en Internet del control de los contenidos que transitan por sus sistemas. En su argumentario la defensa ha hecho mención también al caso de Rojadirecta.com para demostrar que el hecho de enlazar a 'streaming' y a descargas en la Red no son delito.

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